Siete años de prisión para la “doctora muerte”: intentó asesinar a un bebé
Los jueces ordenaron investigar a las autoridades del hospital donde ocurrió el hecho, entre los días 14 y 19 de diciembre de 2004. La profesional está internada en un neuropsiquiátrico, bajo tratamiento.
Una pediatra de La Plata que intentó matar en cuatro ocasiones a un recién nacido, fue condenada a siete años de prisión por entender que intentar matar a un bebé, a una persona dormida, o a un anciano no es una figura alevosa (aprovecharse del estado de indefensión de las víctimas) porque son vulnerables por naturaleza, según se desprende de la sentencia a la que accedió Online-911.
La médica neonatóloga Viviana Edith Rodríguez (54) fue condenada por el Tribunal Oral Criminal I de La Plata, por haber intentado matar -en cuatro oportunidades- a un bebé que estaba internado en el Hospital Italiano de La Plata.
La sentencia se dio a conocer hoy en el marco de un juicio abreviado en el que la defensa y el fiscal de Juicio, Rubén Sarlo, acordaron la pena a imponer, en base a un fallo emitido por el Tribunal de Casación bonaerense.
En esa resolución dictada por la Sala I, se estableció que para un crimen alevoso “no basta la nuda condición de indefensión, de lo contrario todo homicidio de una persona dormida, de un menor de edad o un anciano, sería alevoso”.
Los jueces Guillermo Labombarda, Samuel Saraví Paz y Juan Carlos Bruni, al integrar un órgano de primera instancia, compartieron el criterio del máximo organismo Penal, entendieron que se trató de un “homicidio simple en grado de tentativa” y aplicaron la condena mencionada.
Rodríguez, que fue detenida en 2005, hoy fue excarcelada bajo palabra, aunque seguirá internada en un neuropsiquiátrico donde es tratada.
La investigación se inició el 7 de diciembre de 2004, cuando el servicio de Neonatología del Hospital Italiano platense atendió el nacimiento de un varón que presentaba “bradicardia extrema, ausencia de esfuerzo respiratorio, hipotomía y palidez”, según se lee en la causa.
Ante la gravedad del cuadro, los médicos le realizaron tareas de reanimación. Tras conseguirlo, alojaron a la criatura en una incubadora con asistencia respiratoria mecánica.
Una semana más tarde, una médica aseguró haber visto a la doctora Rodríguez “apretar las narinas del recién nacido con sus propios dedos, haciendo una pinza digital”.
Ese mismo día, Rodríguez le retiró de nuevo el oxígeno y se recostó sobre el pequeño cuerpo, “poniendo seriamente en riesgo su vida”. Según el expediente judicial, otro médico declaró que, al ingresar al sector de incubadoras atraído por el sonido de una de las alarmas -que monitorean el estado de los bebés-, vio a la imputada junto al niño. Este sufría una nueva descompensación.
El testigo dijo en su declaración que, al advertir que el bebé se sobreponía espontáneamente, decidió abandonar la sala. Al volver, observó a Rodríguez “apretando las fosas nasales” de la criatura.
El fiscal Marcelo Romero, quien investigó el caso, destacó la declaración de otra profesional del Hospital Italiano. Este aseguró que Rodríguez le habría expresado que, si el bebé tenía “un paro”, no le realizara tareas de reanimación.
La testigo dijo que, al no estar segura de haber escuchado con certeza lo expresado por Rodríguez, le volvió a formular la pregunta. Y la respuesta fue: “Si para (si tiene un paro cardíaco), no lo reanimes”.
La testigo aseguró haber dicho a Rodríguez que “este bebé está mejor, está más reactivo y hasta llora más fuerte”. Ante eso, la médica imputada le habría contestado: “Sí, llora como un gatito”.
La testigo hizo notar que en el ámbito médico la expresión “llora como un gatito” refiere “al llanto que presenta un niño con secuelas neurológicas”.
Otra médica aseguró haber visto a Rodríguez cuando manipulaba una ampolla de potasio. Se cree que inyectó la sustancia al bebé, y le provocó otro paro cardíaco.
El encuadre legal del caso que dieron el fiscal de instrucción y el juez de Garantías Guillermo Atencio fue “homicidio doblemente calificado, en grado de tentativa, cuatro hechos”, figura establece penas de entre 10 y 20 años de prisión.
Los magistrados determinaron que, si la muerte de la criatura no llegó a producirse, fue por “la oportuna y eficaz atención del personal médico y de enfermería del hospital”, pero los jueces del Tribunal I entendieron que la falta de controles en el hospital facilitó el accionar de Rodríguez y que esa omisión, opera como “atenuante” de la condena y ordenaron investigar a las autoridades y médicos de entonces.
Fuente: ONLINE-911
El nuevo blog de Helen Maran ¡VISÍTALO!








































0 comments:
Publicar un comentario